Los derechos de los trabajadores

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Citando al abogado Heinrich Lopez, "A través de los años, los trabajadores han logrado diferentes conquistas sociales que los han hecho merecedores de mejores derechos laborales. Gracias a esas conquistas se pudieron crear diferentes Convenios Internacionales que llevaron después de varias luchas a la creación de nuestro Código de Trabajo."

Conquista sociales que podemos ver reflejadas tanto en la Constitución como en el Código del Trabajo de Honduras, ya antes mencionado en una entrada anterior https://hallandohondurasspan331.blogspot.com/2018/09/el-mercado-laboral-de-honduras.html

Toda persona tiene derecho al trabajo, a escoger libremente su ocupación y a renunciar a ella, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. (Art.127 Constitución de la República)

Podemos ver leyes en Art. 320-333 del Código de Trabajo tales como:  
  • Las horas de trabajo son 8 horas por día.
  • El total de horas de trabajo, horas extras mas normales no deben exceder 12 horas por día.

Incluso podemos ver en Art. 60 de la Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer, 2000 y Art. 147 (A) del Código Penal 1983 leyes como:
  • La ley prohíbe el acoso sexual de las mujeres en el lugar de trabajo. Los empleadores son responsables de cualquier acto de acoso ilegal (y discriminación) por parte de un empleado de él/ella a menos que el empleador pruebe que él/ella ha tomado todos los pasos racionalmente viables para prevenir el acto ilegal.

En el Articulo 124, 128(7) de la Constitución de Honduras 1982; se establece que la edad mínima para trabajar es de 16 años. Sin embargo, las autoridades laborales pueden autorizar el empleo de menores de 16 años cuando sea considerado indispensable para su propio sustento o el de su familia.

En el Articulo 135-138 del Código de Trabajo; 54 de la Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer 2000, se establece el derecho a una licencia por maternidad remunerada por completo.

En el Articulo 345-359 del Código de Trabajo se establece que un trabajador tiene derecho a vacaciones anuales remuneradas, después de trabajar por 12 meses continuos con el mismo empleador. El número de días estará determinado por los años de servicio en la empresa:
  • 10 días por año de servicio ininterrumpido;
  • 12 días por dos años de servicio ininterrumpido;
  • 15 días por tres años de servicio ininterrumpido; y
  • 20 días por cuatro o más años de servicio.

Hay mucho para hablar sobre las leyes laborales en Honduras, al igual que la mayoria de paises de Centroamérica y América del Sur, tienen muchas leyes para proteger a los trabajdores, lo cual definitivamente es un patron muy interesante.

Fuentes:
https://tusalario.org/honduras/

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